Para los efectos del presente documento se entenderá por:
a) Atractivo turístico: Recurso o elemento natural (propio del lugar), artificial (elaborado por el hombre) o recurso intangible (cultura, idioma, costumbres, gastronomía, etc.) que genera en su entorno actividad turística.
b) CORSATUR: Corporación Salvadoreña de Turismo.
c) Economía local: Conjunto de productores de bienes y servicios y de fuerza laboral instalada dentro del Municipio o área territorial próxima al proyecto.
d) Local: Municipio en el cual se encuentra emplazado el proyecto o área territorial próxima al mismo.
e) MITUR: Ministerio de Turismo.
f) Oferta Turística: Conjunto de bienes, servicios, recursos e infraestructura para el uso y consumo de turistas, ofrecidos por prestadores de servicios turísticos.
g) PITN: Proyecto de Interés Turístico Nacional.
h) RNT: Registro Nacional de Turismo de CORSATUR.